El gobierno de Javier Milei emitió este lunes un decreto que regula formalmente el nuevo Régimen Penal Juvenil de Argentina, que reduce el umbral de responsabilidad penal de 16 a 14 años.
El Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial, establece el funcionamiento del sistema y fija los mecanismos de supervisión de los menores y de coordinación entre las agencias gubernamentales.
El Régimen Penal Juvenil, que entró en vigor formalmente el 5 de septiembre, reemplaza al marco vigente desde 1980. Los adolescentes de 14 a 17 años pueden ser procesados y, dependiendo del delito, penados por crímenes previstos en el Código Penal.
Sin embargo, seguirán sometidos a un sistema de justicia penal especial, separado del de los adultos.
La reforma fue propuesta inicialmente en junio de 2024 por la entonces ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona. Fue sancionada por el Congreso en febrero de 2026, cuando el Senado dio la aprobación final al proyecto, que se convirtió en la Ley 27.801.
Qué cambios
El cambio principal es que los jóvenes de 14 y 15 años ahora pueden enfrentar procesos penales y, según el caso, ser condenados. Anteriormente, las personas menores de 16 años no podÍan recibir una sentencia penal, aunque los jueces sí podían ordenar su internamiento en instituciones juveniles hasta cumplir 18 años.
Si bien la reforma incorpora a los adolescentes más jóvenes al sistema de justicia penal, también establece límites a la encarcelación y enfatiza sanciones alternativas y la rehabilitación.
Para los delitos con penas de hasta tres años, la nueva ley exige sanciones alternativas en lugar de prisión. Estas pueden incluir una amonestación formal, programas educativos, trabajos comunitarios, restricciones de contacto con las víctimas y monitoreo electrónico.
Cuando los delitos contemplan penas de más de tres y hasta 10 años, los tribunales también pueden sustituir la prisión por otras medidas, bajo condiciones específicas.
Para los delitos más graves, los adolescentes pueden recibir penas de prisión, pero el régimen establece un máximo de 15 años y prohíbe la cadena perpetua.
Podrá considerarse la libertad condicional después de haber cumplido dos tercios de la pena, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
Un sistema juvenil separado
Cuando se ordena la detención, el sistema contempla tres modalidades posibles: arresto domiciliario, una institución abierta o un centro de detención especializado. Los adolescentes no pueden estar recluidos junto a adultos.
La ley establece un sistema centrado en la educación, la rehabilitación y la reintegración social.
El Congreso asignó 23,7 mil millones de pesos (cerca de 15,7 millones de dólares estadounidenses) para su implementación.
Las nuevas regulaciones crean la figura de supervisor especializado, encargado de vigilar y asistir a los adolescentes durante los procesos judiciales. Los supervisores deben contar con formación académica en áreas como educación, pedagogía de la infancia y adolescencia, psicología, estudios sobre adicciones o trabajo social.
Las regulaciones también establecen un Comité Interministerial que reúne a los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud. Un Foro Federal reunirá a autoridades nacionales, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para coordinar criterios técnicos y procesales y promover la cooperación.
Sin embargo, la reforma ha suscitado dudas sobre la capacidad del sistema judicial para gestionar la carga adicional de casos.
Algunos tribunales de menores esperan un aumento significativo de la carga de casos y han expresado dudas sobre si habrá suficiente personal, infraestructura y recursos para implementar el sistema a nivel nacional.
También hay interrogantes sobre la disponibilidad de dispositivos de monitoreo electrónico, la designación de supervisores especializados y la coordinación entre el régimen nacional y los sistemas procesales provinciales.

